Resumen
- El IRS puede ejecutar un embargo para cobrar impuestos atrasados, pero suele ser el último recurso después de que las notificaciones y un gravamen fiscal no logren resolver la deuda.
- El IRS puede embargar y vender muchos activos no esenciales con valor neto, incluidos vehículos, segundas propiedades, joyas, el valor en efectivo de seguros de vida y cuentas de ahorro o de jubilación.
- Para deudas menores (a menudo inferiores a 5.000 $), el IRS puede centrarse en la compensación de reembolsos y el embargo de salarios, que puede comenzar sin una orden judicial y puede suponer una gran parte de los ingresos no exentos.
- Ciertas necesidades básicas están protegidas y se aplican límites a artículos como ropa, libros escolares, bienes domésticos esenciales, herramientas de valor modesto y activos sin valor neto.
- La mejor manera de evitar o detener un embargo es comunicarse con el IRS de forma temprana y buscar opciones como planes de pago a plazos, un Ofrecimiento de Transacción (Offer in Compromise) o alivio por dificultades económicas.
Si acaba de recibir una notificación del Servicio de Impuestos Internos (IRS) indicando que tienen la intención de ejecutar un embargo fiscal, es normal que se alarme. Sus mayores dudas probablemente serán: “¿Pueden hacer esto realmente?” y “¿Qué pueden llevarse?”.

La respuesta a la primera pregunta es “Sí”. Cuando usted debe impuestos atrasados, el IRS puede legalmente exigir el pago mediante el embargo de cualquier propiedad por un valor igual al de su deuda tributaria.
Esta es una medida extrema que solo se toma después de que las advertencias repetidas no den como resultado el dinero adeudado o un acuerdo de pago aceptable. Primero recibirá cartas. Luego, el IRS impondrá un gravamen fiscal sobre cualquier propiedad inmobiliaria que posea para evitar que la venda antes de que la deuda tributaria se pague por completo. Si ninguno de estos pasos permite recuperar sus activos impagados, la siguiente etapa del proceso de cobro es el embargo de sus bienes.
Veamos más de cerca la respuesta a la segunda pregunta. ¿Qué puede embargar el IRS una vez que un embargo fiscal entra en vigor?
Activos que el IRS puede embargar

El IRS puede embargar prácticamente cualquier activo que tenga valor o capital y que pueda liquidarse en efectivo. Esto incluye bienes inmuebles, coches, joyas e incluso las inversiones que realizó para asegurarse una jubilación cómoda. Estos artículos suelen venderse en una subasta pública antes de que usted tenga la oportunidad de reclamarlos, y los ingresos se aplican a su deuda tributaria.
Algunos de los activos que pueden ser embargados y vendidos incluyen:
- Vehículos de motor como coches, camiones, caravanas, motocicletas y barcos
- Casas de vacaciones
- Propiedades que posea además de su residencia principal
- Joyas caras
- Pólizas de seguro de vida
- Cuentas de ahorro y cuentas de jubilación
- Algunos tipos de beneficios gubernamentales
En general, cualquier activo que no sea esencial para su supervivencia y vivienda (y la de su familia) puede ser embargado para pagar al IRS lo que debe.
Con deudas tributarias menores (menos de 5.000 $), es posible que sus activos no sean embargados ni vendidos, pero el IRS seguirá intentando cobrar interceptando sus reembolsos de impuestos federales sobre la renta y embargando su salario. Si opta por esta última opción, no tiene que solicitar primero una orden judicial: el IRS puede simplemente comenzar el proceso de embargo e incluso tomar un porcentaje de sus ingresos más alto de lo que se permite a otros acreedores (hasta el 65 % de los ingresos no exentos). El embargo de su salario solo se liberará una vez que su cuenta esté liquidada. Pero existen formas de evitar que se produzcan los embargos de salarios.
Los tipos de ingresos sujetos a embargo incluyen:
- Sus cheques de pago de empleo
- Prestaciones por desempleo
- Pagos de compensación laboral
- Asistencia pública o bienestar social
- Beneficios del Seguro Social
Activos que el IRS NO puede embargar

Aunque sus poderes de embargo son amplios, el IRS no puede legalmente reclamar propiedades y fuentes de ingresos que usted necesite para la supervivencia de su familia. La propiedad inmune al embargo incluye:
- Ropa y libros escolares
- Herramientas de trabajo valoradas en 3.520 $ o menos
- Efectos personales que no superen los 6.250 $ de valor
- Muebles valorados en 7.720 $ o menos
- Cualquier activo sin valor líquido
- Su residencia personal si debe menos de 5.000 $
Protección de sus ingresos y activos

Para evitar que sus bienes sean embargados y sus salarios retenidos, su mejor opción es comunicarse con el IRS y explicar su situación financiera. Puede ser elegible para un acuerdo de pago que le permita devolver su deuda tributaria en cuotas mensuales o un Ofrecimiento de Transacción, en el que liquida su deuda tributaria por menos del importe total que debe.
Si sus circunstancias son inusuales (por ejemplo, si ha incurrido en facturas médicas elevadas debido a una enfermedad), su deuda podría ser condonada. La condonación de deudas tributarias no es común, pero sigue siendo una posibilidad si puede demostrar al IRS que ha estado luchando contra una dificultad significativa.
Tratar con el IRS puede ser intimidante, por lo que trabajar con un abogado fiscal de Nueva Jersey con experiencia puede garantizar el mejor resultado para sus circunstancias. En Paladini Law, le ayudaremos a encontrar la solución adecuada para su deuda tributaria, ya sea un plan de pago, un Ofrecimiento de Transacción o una solicitud de condonación de deuda.
El abogado Brad Paladini le dará tranquilidad trabajando para eliminar cualquier embargo sobre sus activos, de modo que no pierda propiedades importantes que tanto le costó adquirir. Para obtener más información, por favor contacte con Paladini Law o llame al 201-381-4472.
Preguntas frecuentes
¿Puede el IRS llevarse su coche?
Sí, el IRS puede llevarse su coche. Por lo general, esto solo sucede si tiene más de un vehículo que puede usar para ir al trabajo todos los días y que no utiliza para fines comerciales. Aunque es poco común, el IRS se llevará su coche si tiene un valor neto significativo y usted no ha estado colaborando con ellos para resolver sus problemas fiscales.
¿Puede el IRS llevarse su casa?
Sí, el IRS puede llevarse su casa. Normalmente, este es el último recurso, especialmente si es su residencia principal. El IRS preferiría trabajar con usted para alcanzar una solución equitativa a través de otros medios.
¿Puede el IRS llevarse mi plan 401k?
Una vez más, sí, el IRS puede llevarse su 401k. Esto sorprende a muchas personas. Al igual que con la vivienda, este es uno de los últimos recursos para el IRS cuando las negociaciones se han roto (o son inexistentes) y usted no está cooperando. Dependiendo de cuánto deba, esto podría causar dificultades significativas en su planificación de jubilación.
¿Puede el IRS llevarse mi cuenta bancaria o todas mis cuentas bancarias?
El IRS no “se queda” con la cuenta ni la “congela”. Pero pueden emitir una notificación de embargo al banco, lo que obligaría a la entidad a entregar el dinero de la cuenta. Los embargos bancarios son una acción puntual, lo que significa que el IRS solo puede obtener lo que haya en la cuenta en ese momento. Usted puede realizar depósitos y retiros futuros en la cuenta. El IRS también podría emitir embargos adicionales en el futuro.