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Cómo detener el embargo de sueldo del IRS

Cómo detener el embargo de sueldo del IRS

23 de diciembre de 2019 By Paladini Law - A Tax Law Firm

Cuando le debe dinero al IRS, aprenderá rápidamente que dispone de recursos de cobro que superan a los de cualquier otro acreedor. El Gobierno tiene la autoridad para embargarle el sueldo, salario, comisiones, primas y otras formas de ingresos sin obtener antes una orden judicial. También puede quedarse con más dinero del que se le permitiría a un acreedor ordinario.

Por lo general, el IRS le enviará varios avisos antes de que comience el proceso de embargo. A continuación se ofrece un resumen del proceso de embargo de sueldo y de lo que puede hacer para detenerlo.

El proceso de embargo de sueldo del IRS

Cuando el IRS determina que usted tiene una deuda tributaria, le enviará varios avisos por escrito detallando el importe de los impuestos atrasados, los intereses y cualquier sanción aplicable. Si no paga el saldo en su totalidad en la fecha de vencimiento especificada, el IRS acabará enviándole otro aviso, titulado Notificación final de intención de embargo y notificación de su derecho a una audiencia. Si aun así no paga en los 30 días siguientes a la recepción de esta última comunicación, el Gobierno puede proceder a embargarle el sueldo.

Aunque la ley limita cuánto pueden tomar otros acreedores de sus ingresos, el IRS no se enfrenta a restricciones similares. El código tributario estadounidense simplemente le exige dejarle una determinada cantidad de ingresos para las necesidades básicas de subsistencia. Por desgracia, esto significa que pueden embargarle hasta el 70% de sus ingresos para saldar una deuda tributaria.

Cómo detener el embargo de sueldo del IRS

Para evitar o detener un embargo de sueldo, debe resolver la situación con el IRS, ya sea pagando el saldo en su totalidad o suscribiendo un acuerdo de pago mutuamente aceptable. Si no puede permitirse pagar su factura tributaria o impugna que la deba, a continuación se indican algunas opciones de resolución.

Acuerdo de pago a plazos

Un acuerdo de pago a plazos le permite pagar el importe adeudado mediante una serie de pagos mensuales. Si ha presentado todas las declaraciones de impuestos hasta la fecha y debe 10.000 $ o menos, puede reunir los requisitos para un acuerdo de pago a plazos garantizado, que le permite saldar la deuda en tres años.

Si debe 50.000 $ o menos, puede solicitar un acuerdo simplificado que le exige pagar la deuda en un plazo de 72 meses o antes de que sea legalmente incobrable, lo que ocurra primero.

Oferta de transacción

Es posible que pueda saldar su deuda tributaria por menos de lo que realmente debe, pero el IRS no aceptará automáticamente una oferta de transacción. Debe proponer un acuerdo que sea igual o superior al importe que el Gobierno puede esperar razonablemente cobrarle. También puede proponer una oferta de transacción cuando exista duda sobre su obligación tributaria o cuando cobrar el importe total le causaría una grave dificultad económica, pero estas alegaciones solo deben plantearse con la ayuda de un abogado fiscal con experiencia en Nueva Jersey.

Al igual que ocurre con un acuerdo de pago a plazos, solo puede proponer una oferta de transacción si ha presentado todas sus declaraciones de impuestos hasta la fecha. También debe estar al día con sus pagos de impuestos estimados.

Estatus de actualmente no cobrable

Si puede demostrar que el embargo de sueldo le impedirá a usted y a su familia cubrir sus necesidades básicas, el IRS puede suspender las actividades de cobro hasta que mejore su situación financiera. Al igual que en una oferta de transacción, tendrá que demostrar financieramente que reúne los requisitos para este tipo de alivio.

Presentar una apelación del embargo tributario

Cuando reciba la notificación de intención de embargo, tiene 30 días para llamar al IRS y solicitar una apelación. Entre los motivos de apelación se incluyen:

  • Ya ha pagado la deuda en su totalidad
  • Hubo errores en su liquidación tributaria
  • El plazo de prescripción de la deuda ha expirado
  • Le gustaría proponer arreglos de pago alternativos

Si no está de acuerdo con los resultados de la apelación, puede impugnarlos en un plazo de 30 días. Tanto solicitar como impugnar una apelación puede ser complicado y debería llevarse a cabo con la ayuda de un profesional fiscal con experiencia.

Hable con un abogado de deuda tributaria en Nueva Jersey

Si el IRS ha amenazado con embargarle el sueldo o el embargo está en curso, póngase en contacto con Paladini Law para obtener ayuda experta en derecho tributario. El abogado Brad Paladini cuenta con años de experiencia ayudando a los contribuyentes a abordar su deuda con el IRS sin perder un alto porcentaje de sus ingresos. Para obtener más información, llame al 201-381-4472 o complete nuestro formulario en línea.

Si recientemente ha recibido una carta 1058, póngase en contacto con Paladini Law de inmediato.

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