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6 opciones si debe dinero al IRS

22 de junio de 2017 By Paladini Law - A Tax Law Firm

Abogado fiscal que ayuda a particulares que deben al IRS en el condado de Bergen y en todo Nueva Jersey

Si debe dinero al IRS, tiene varias opciones a su disposición. Lo más importante que debe tener en cuenta es actuar. Si ignora el problema, solo empeorará. Como organismo del Gobierno federal, el IRS dispone de amplios poderes para cobrarle el dinero embargando fondos de su cuenta bancaria (emitiendo embargos), reteniendo el salario, presentando gravámenes que afectan a su crédito y, en casos más extremos, incautando bienes como un vehículo o una propiedad inmobiliaria.

En función de varios factores —y, sobre todo, de su situación financiera—, estas son algunas opciones que debería considerar si debe dinero al IRS:

  1. Situación de no cobrable actualmente
  2. Acuerdo de pago a plazos
  3. Oferta de transacción
  4. Bancarrota
  5. Exoneración por cónyuge inocente
  6. Condonación de sanciones

El IRS no actúa de forma arbitraria. En la mayoría de los casos, el cobro por parte del IRS basa su decisión en lo que usted puede permitirse pagar en relación con la deuda. Para ello, el IRS revisará el análisis financiero que usted aporte. Hay 3 formularios que el IRS utiliza con más frecuencia para completar su análisis financiero:

  1. Formulario 433-F (Declaración informativa de cobro)
  2. Formulario 433-A (Declaración informativa de cobro para trabajadores por cuenta ajena y autónomos)
  3. Formulario 433-B (Declaración informativa de cobro para empresas)

Los formularios son similares y su objetivo básico es recopilar información sobre activos, deudas y flujo de caja. Como el IRS basará su decisión en gran medida en lo que figure en estos formularios, es importante que se preparen con sumo cuidado.

1. Si debe dinero al IRS, puede tener derecho a un alivio temporal.

La situación de no cobrable actualmente (“CNC”) está prevista para contribuyentes que no tienen flujo de caja para realizar pagos y no tienen activos con patrimonio neto que pueda satisfacer la deuda. No tener flujo de caja no significa que no pudiera permitirse pagar su Ferrari. Más bien, significa que cualquier pago mensual al IRS le supondría una carga o le impediría cubrir los gastos básicos y necesarios de subsistencia.
Mientras esté en situación CNC, el IRS no embargará su cuenta bancaria ni retendrá salarios. Pero usted seguirá debiendo el dinero al IRS. Por tanto, aunque proporciona cierto alivio fiscal, no es una solución definitiva. Además, el IRS revisará la situación CNC cada uno o dos años. Si su situación financiera cambia, le exigirán pagos en ese momento.

La situación CNC solo es adecuada en circunstancias limitadas. Por ejemplo, si ha perdido recientemente su empleo y está buscando trabajo, la situación CNC puede ser apropiada. Pero si su dificultad es a más largo plazo —está empleado, pero aun así nunca podrá reembolsar por completo al IRS—, una oferta de transacción probablemente sea una mejor solución.

2. También puede devolver la deuda tributaria con el tiempo.

Los acuerdos de pago a plazos son exactamente lo que parecen: usted devuelve el dinero al IRS en cuotas mensuales. Hay varios tipos de acuerdos de pago a plazos, pero todos le exigen haber presentado todas las declaraciones de impuestos. La mayoría también le exige pagar íntegramente el impuesto, los intereses y las sanciones, aunque en algunos casos podría optar a un Acuerdo de Pago a Plazos Parcial. Al igual que con la situación CNC, mientras esté vigente un acuerdo de pago a plazos, el IRS no puede embargar ni retener salarios. En función de cuánto deba y de la rapidez con la que actúe, incluso podría proteger su crédito y evitar un gravamen. Si le corresponde una devolución de impuestos mientras está en un acuerdo de pago a plazos, el IRS la retendrá y la aplicará a la deuda.

3. El mejor alivio fiscal: las ofertas de transacción

La única forma verdaderamente efectiva de alivio fiscal con el IRS es a través de su programa de oferta de transacción. Por supuesto, la perspectiva de resolver su deuda fiscal resulta atractiva. ¿Qué puede ser mejor que un alivio fiscal y empezar de cero? Pero es importante comprender que solo una minoría de contribuyentes cumplirá los requisitos para una oferta de transacción. Puede parecer difícil de creer con todos los anuncios en radio e internet que prometen “alivio fiscal inmediato” y recortes de impuestos en “60 segundos”.

Pero el dicho suele cumplirse: si parece demasiado bueno para ser verdad, probablemente lo sea.

El IRS solo acepta ofertas de transacción si existe duda de que pueda cobrar el importe total adeudado o si existe duda de que usted deba el impuesto. Y la oferta de transacción no proporciona “alivio fiscal inmediato”. El IRS tarda entre 6 y 18 meses en tramitar una oferta de transacción. La buena noticia, sin embargo, es que mientras el IRS revisa la oferta, no puede embargar su cuenta bancaria ni retener salarios. No obstante, si aún no han presentado gravámenes, es probable que lo hagan para proteger sus intereses.

La mayoría de las ofertas se basan en que es poco probable que el IRS cobre el total del impuesto adeudado. Para estas ofertas, el IRS analiza su capacidad razonable de cobro para determinar si acepta su propuesta. También hay ofertas basadas en la duda de que usted deba el impuesto, pero son mucho más raras. Estas se dan cuando usted no ha tenido la oportunidad de impugnar una deuda tributaria y no cree deber el importe adeudado. Existe un tercer tipo de oferta de transacción basada en la administración fiscal efectiva, pero este tipo de ofertas solo se aceptan en circunstancias extremadamente limitadas. Debe existir una dificultad económica o circunstancias extraordinarias que justifiquen, por razones de política pública y equidad, su concesión.

4. ¿Es la bancarrota una vía de alivio fiscal?

Puede sorprenderle saber que puede obtener alivio fiscal mediante la bancarrota. Los impuestos sobre la renta son exonerables en el tribunal de bancarrota. Existen requisitos específicos para que los impuestos sean exonerados en bancarrota, lo cual es mejor tratarlo con un abogado especializado en bancarrota. Por lo general, debe esperar tres años desde la fecha de vencimiento de la declaración y al menos 2 años desde la fecha en que presentó la declaración para que los impuestos sean exonerables. Pero si debe dinero al IRS, la bancarrota puede ser una opción viable.

La situación CNC, los acuerdos de pago a plazos y la bancarrota se determinan, en su mayor parte, a partir de un análisis financiero. Si sus ingresos son demasiado altos o dispone de activos suficientes para pagar la deuda tributaria, aún hay dos opciones que puede utilizar para obtener el alivio fiscal que busca: (1) condonaciones de sanciones y (2) reclamaciones por cónyuge inocente.

5. Condonaciones de sanciones

Las condonaciones de sanciones no son alivio fiscal en sí. No modifican el impuesto adeudado. Pero eliminan o reducen las sanciones que usted debe, lo que significa que deberá menos en total. Si presentó las declaraciones de impuestos a tiempo pero no pagó, la sanción puede ser de hasta el 25% del impuesto adeudado, con intereses.
La mayoría de las veces, necesita una “causa razonable” para que se eliminen las sanciones. Debe haber actuado con la diligencia y prudencia empresariales ordinarias.

Si no tiene causa razonable, quizá pueda conseguir que se elimine al menos un año de sanciones mediante el proceso de Condonación por Primera Vez. Para optar a la condonación por primera vez, simplemente no puede haber tenido una sanción similar en los 3 años fiscales anteriores y debe haber acordado pagar el impuesto adeudado.

Las condonaciones de sanciones suponen una propuesta de bajo riesgo y recompensa moderada. No requiere demasiado tiempo ni esfuerzo presentar la solicitud y, si tiene éxito, puede conseguir que se elimine al menos una parte del importe adeudado. La mayoría de las condonaciones de sanciones se deniegan en la revisión inicial del IRS. Tiene una segunda oportunidad si presenta un recurso dentro del plazo.

6. Alivio fiscal para cónyuges inocentes

Si presentó una declaración conjunta con su cónyuge y hubo un impuesto adeudado declarado por debajo de lo debido, la exoneración por cónyuge inocente puede ser una opción. La exoneración por cónyuge inocente solo está disponible si usted no sabía del impuesto declarado por debajo de lo debido. También debe demostrar al IRS que sería injusto hacerle responsable del saldo adeudado. A diferencia de las otras 5 vías de solución comentadas, la exoneración por cónyuge inocente está sujeta a plazos. Si espera demasiado, puede dejar de cumplir los requisitos.

En resumen, si debe dinero al IRS, existen distintas vías para ponerse al día y cumplir con el IRS. Hay muchos factores que intervienen en la selección de la opción adecuada, pero en la mayoría de los casos su situación financiera será el factor más importante. Sea cual sea el camino que decida seguir, es importante que actúe cuanto antes para evitar que el IRS vaya a por usted.

¡Llame hoy a un abogado fiscal de Nueva Jersey!

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Archivado en: Cobros del IRS, Deuda tributaria, Impuestos federales sobre la renta

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