Si va a recibir un aviso CP504B o CP504, significa que tiene una factura vencida con el IRS. También significa que el IRS le ha enviado cartas anteriormente y usted no ha podido solucionar el problema, ya sea porque no puede pagar el saldo adeudado, porque disputa la deuda o porque no está seguro de cómo solucionarlo.
Sin embargo, no se deben ignorar las cartas de los avisos CP504 y CP504B. Es importante saber que usted tiene derechos legales que puede utilizar para evitar que el IRS le quite su dinero. También cuenta con varios derechos procesales para establecer planes de pago o, posiblemente, incluso liquidar la deuda por un importe inferior.
¿Qué significa el aviso CP504B?

Al enviar un aviso CP504B, el IRS está a un paso de cumplir los requisitos legales para embargar sus bienes personales, gravar su cuenta bancaria y detraer sus salarios. Si no se paga el saldo, el IRS comenzará a buscar activos sobre los cuales emitir un embargo. El IRS también puede presentar un Gravamen por Impuestos Federales si aún no se ha presentado uno. Es extremadamente difícil pedir préstamos sobre una propiedad o venderla si existe un gravamen. Además, dependiendo de su sector laboral y de sus licencias profesionales, un gravamen fiscal federal puede suponer un gran dolor de cabeza.
No ignore al IRS: no hacer nada no cambia nada (y, de hecho, empeora las cosas)
Si no se pone en contacto con el IRS ni paga en un plazo de 30 días, el IRS le enviará un aviso otorgándole el derecho a una audiencia ante la Oficina de Apelaciones del IRS (si no ha recibido ya dicho aviso). Este es uno de los avisos del IRS más importantes que recibirá jamás. Si no presenta una apelación a tiempo, el IRS procederá a embargar sus bienes o los derechos sobre sus bienes. Los bienes que pueden ser gravados o embargados incluyen:
- Salarios y otros ingresos
- Cuentas bancarias
- Activos comerciales
- Bienes personales (incluidos su coche y su vivienda)
- Reembolso de impuestos estatales
- Prestaciones de la seguridad social.
Cómo responder al aviso CP504B
Es importante hablar con un abogado fiscal experto antes de responder al IRS. Un abogado puede mantener correspondencia con el IRS y ayudarle a desarrollar una estrategia para evitar que la situación se agrave. El primer paso para responder al aviso CP504B es ponerse en contacto con el IRS y apaciguar las gestiones de cobro para evitar embargos.
El siguiente paso en el proceso será obtener las transcripciones de la cuenta del IRS. Si está de acuerdo con que debe lo que el IRS dice, su abogado puede ayudarle a diseñar un plan para reducir o mitigar el impuesto. A menudo, la cantidad adeudada es objeto de disputa. Dependiendo de la situación, es posible que pueda presentar declaraciones rectificativas para reducir la cantidad adeudada junto con una solicitud de reducción de sanciones.
Hable con un abogado fiscal del IRS en Nueva Jersey
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