Si usted debe impuestos atrasados al Servicio de Impuestos Internos (IRS), recibirá una serie de cartas informándole de su situación actual. Cuanto más tiempo ignore estas notificaciones, más probable será que reciba un aviso de intención de embargo, o aviso CP504. El desglose de los avisos es el siguiente:
- CP14 y/o CP501: Usted debe impuestos no pagados en una de sus cuentas.
- CP503: El IRS aún no ha recibido noticias suyas y usted todavía tiene un saldo pendiente
- CP504: Una intención de embargo, pero no es el aviso final. Si no paga el importe adeudado de inmediato, el IRS embargará su reembolso de impuestos estatales y lo aplicará para pagar el importe que usted debe.
- CP90 o LT11 o Carta 1058: Aviso final de intención de embargo y aviso de su derecho a una audiencia.
El IRS envía un aviso CP504 como seguimiento de cartas anteriores informándole de su deuda tributaria con el IRS y solicitudes de pago. El proceso de cobro inicial comienza con un aviso CP14 del IRS. El CP14 es el primer aviso que el IRS le enviará informándole de que usted debe impuestos no pagados.
IRS CP504
Un aviso CP504 del IRS es una Notificación de Intención de Embargo, lo que significa que el IRS le advierte que puede incautar legalmente sus bienes para cobrar los impuestos impagados. Por lo general, este no es el primer aviso que recibe, pero supone una escalada grave en el proceso de cobro del IRS.
Un aviso CP504 indica que su deuda tributaria sigue sin pagarse y que el IRS se está preparando para emprender acciones de cobro, que pueden incluir el embargo de salarios, cuentas bancarias y reembolsos de impuestos estatales. También puede indicar que el IRS podría presentar o ya ha presentado un gravamen por impuestos federales.
Una vez que recibe un aviso CP504, generalmente tiene 30 días para actuar antes de que comiencen nuevas medidas de ejecución.
Para responder a un aviso CP504, debe tomar medidas inmediatas, tales como:
- Pagar su saldo en su totalidad si es posible
- Establecer un acuerdo de pago a plazos del IRS o un plan de pagos
- Ponerse en contacto con el IRS utilizando el número que figura en el aviso si no está de acuerdo o no puede pagar
- Solicitar una audiencia de Debido Proceso de Cobro (CDP) si desea impugnar el embargo propuesto
El aviso CP504 se emite después de que los avisos de cobro anteriores del IRS hayan sido ignorados o no se hayan resuelto, y forma parte del proceso formal del IRS requerido antes de que puedan proceder ciertas acciones de cobro bajo la ley federal.
Ignorar un aviso CP504 puede dar lugar a sanciones e intereses continuos, así como a acciones de cobro forzosas como el embargo de salarios o la incautación de cuentas bancarias.
¿Es el CP504 el aviso final?
Un aviso CP504 del IRS es una Notificación de Intención de Embargo y a menudo se considera un recordatorio final para pagar su deuda tributaria, pero no es el último aviso legalmente requerido antes de que el IRS pueda embargar salarios o cuentas bancarias.
Aunque el aviso CP504 indica que su caso ha alcanzado una etapa avanzada en el proceso de cobro del IRS, el IRS aún debe emitir una Notificación de Intención de Embargo final (como la Carta 1058 o LT11) antes de poder proceder con la mayoría de las acciones de cobro forzosas, incluidos los embargos de salarios o de cuentas bancarias.
El aviso CP504 sí indica un riesgo grave de ejecución y permite que el IRS tome ciertas medidas, como la incautación de su reembolso de impuestos estatales, si el saldo permanece impagado.
Qué viene después de un aviso CP504
Si no responde a un aviso CP504, el IRS puede emitir una notificación de embargo final, que le otorga 30 días para solicitar una audiencia de Debido Proceso de Cobro (CDP) antes de que comience la ejecución.
Conclusión clave
El aviso CP504 es una advertencia seria y un recordatorio final en la etapa inicial de cobro, pero no es la notificación final antes de que se produzca la acción de embargo total del IRS.
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¿Cuál es exactamente el propósito de un CP504 del IRS?
Cuando el IRS le envía una carta de aviso CP504, la entidad gubernamental cumple con un requisito legal de notificarle su intención de embargar sus activos, según lo exige la sección 6331(d) del Código de Impuestos Internos. Este aviso oficial detalla el importe que usted debe, y a menudo incluye cargos por multas e intereses debidos a saldos impagos o morosos.
Este aviso significa que el gobierno encontrará una forma de tomar por la fuerza lo que se debe mediante la búsqueda de propiedades recuperables u otros activos como pago. El IRS está autorizado para tomar esta acción de cobro después de que hayan fracasado intentos previos de resolver el saldo.
Los códigos tributarios limitan lo que el gobierno puede tomar, con asignaciones para ciertos bienes personales y herramientas utilizadas para obtener ingresos (es decir, herramientas o propiedades comerciales). También existen límites para categorías de gastos, incluidos vivienda, ropa y transporte. Además, el IRS utiliza límites del código tributario para calcular lo que un contribuyente puede pagar realmente, llegando a un potencial de cobro razonable basado en las respuestas del contribuyente proporcionadas en los formularios de divulgación financiera del IRS.
Esta determinación no elimina su deuda tributaria, pero puede retrasar temporalmente el proceso de cobro y darle tiempo para mejorar su situación financiera y cumplir mejor con sus obligaciones. Aunque el CP504 no es un aviso final antes de la ejecución, es una advertencia seria que puede conducir a medidas de cobro forzoso si usted no responde o liquida la cuenta.
Paladini Law puede ayudarle a revisar sus opciones, presentar los formularios necesarios y contactar con el IRS en su nombre. Nuestro equipo puede ayudar a garantizar que se cumplan los plazos de respuesta y asistir en evitar una mayor escalada. Si no está seguro de sus próximos pasos, programe una consulta para discutir cómo resolver su situación y prevenir futuros avisos o multas adicionales.
No ignore un aviso CP504 del IRS
Ignorar al IRS solo empeora las cosas. No pagar el importe total adeudado o no hacer un esfuerzo por contactar con el IRS o con un asesor legal que le informe de sus opciones puede ser un error financieramente perjudicial. Incluso si todavía tiene un saldo pendiente parcial, el gobierno puede embargar su reembolso de impuestos estatales o tomar posesión de otras propiedades.
También podría estar en peligro de que el IRS presente un aviso de gravamen fiscal federal sobre su propiedad, interfiriendo con sus derechos plenos sobre su propiedad y obstaculizando su capacidad para vender o pedir prestado contra la propiedad. Estos gravámenes fiscales pueden afectar su puntuación crediticia, notificar a los acreedores de su obligación con el IRS y poner en riesgo sus licencias profesionales.
Si aún no ha recibido un aviso para la audiencia, el incumplimiento del pago puede resultar en el aviso dado para que usted comparezca ante la Oficina Independiente de Apelaciones del IRS. Después de este tiempo, su propiedad o derechos sobre su propiedad están en peligro.
Las propiedades sujetas a embargo incluyen:
- Salarios, comisiones inmobiliarias y otros ingresos
- Cuentas bancarias
- Activos comerciales
- Activos personales (incluidos su automóvil y su vivienda)
- Beneficios del Seguro Social
Cómo solicitar una audiencia del proceso de cobro debido después de un aviso CP504 del IRS
Recibir un aviso CP504 del IRS es una alerta inicial sobre impuestos no pagados, una advertencia de que se pueden tomar medidas adicionales si la deuda permanece sin resolver. Si se encuentra en esta situación, aquí le explicamos cómo puede solicitar una audiencia del proceso de cobro debido (CDP):
- Anticipe avisos adicionales: Después de recibir múltiples avisos CP504, podría recibir un aviso de embargo propuesto o un aviso de gravamen fiscal federal. Estas señales indican que el IRS está escalando la situación.
- Elegibilidad para una audiencia CDP: Generalmente, el derecho a solicitar una audiencia CDP surge cuando usted recibe un aviso proponiendo un gravamen o embargo fiscal. Verifique que no se hayan enviado cartas adicionales que puedan afectar su elegibilidad.
- Presentación del formulario 12153: Para iniciar la audiencia CDP, complete el formulario 12153, solicitud de un proceso de cobro debido o audiencia equivalente. Es crucial presentar este formulario dentro de los 30 días posteriores a la fecha de su aviso de embargo o gravamen para disfrutar de todos los derechos, incluidas las oportunidades de revisión por el tribunal fiscal.
- Comprenda el plazo: Presentar fuera de la ventana de 30 días resulta en una audiencia equivalente en lugar de una audiencia CDP estándar. Si bien una audiencia equivalente permite la discusión con el IRS, no otorga las mismas protecciones legales u oportunidades para impugnar en el tribunal fiscal.
- Participe en el proceso: Después de haber presentado el formulario, el IRS generalmente programará una reunión, permitiéndole discutir opciones de pago o impugnar el aviso.
- Preparación para la audiencia: Es aconsejable reunir toda la documentación relevante y, si es posible, consultar con un profesional fiscal para preparar su caso de manera efectiva.
Siguiendo estos pasos, puede aprovechar la audiencia CDP para potencialmente detener las acciones de cobro forzoso mientras busca una resolución más manejable de sus obligaciones tributarias.
¿Cómo puede un abogado fiscal del IRS de Nueva Jersey ayudarle a responder a un aviso CP504 del IRS?
Dado que recibir un aviso CP504 es un asunto urgente, cuanto antes hable con un abogado, mejores serán sus posibilidades de evitar más acciones o molestias del IRS. En su lugar, su abogado puede manejar toda la correspondencia con la oficina gubernamental e informarles de su intención de resolver su deuda para prevenir esfuerzos de cobro adicionales.
Su abogado puede desarrollar una estrategia para responder. Querrá recuperar las transcripciones de la cuenta del IRS para asegurarse de que el importe adeudado sea exacto. Una vez que haya confirmado la exactitud de lo que debe, su abogado puede ayudarle a idear un plan de pago o llegar a un acuerdo que sea aceptable para todas las partes. Si necesita disputar el importe adeudado, su abogado puede ayudarle a hacerlo. Necesitará presentar una apelación para recibir una audiencia donde su abogado puede ayudarle a defender su caso para disuadir más esfuerzos de cobro.
También podría tener una razón para presentar una declaración enmendada para reducir el importe que debe. Puede presentar ciertas declaraciones enmendadas electrónicamente, mientras que otras necesitará enviarlas por correo. Una declaración enmendada puede tardar hasta 16 semanas en procesarse, ya sea presentada en línea o enviada mediante presentación en papel por correo.
Su abogado también puede asistirle con la preparación de una solicitud de condonación de multas. Esta condonación es aplicable para ciertos contribuyentes bajo la política de condonación de multas por primera vez y ofrece alivio administrativo de las multas impuestas por incumplimiento de pago. Este alivio podría estar disponible para usted si cumple ciertas condiciones según la política del IRS. Su abogado puede revisar estas condiciones con usted para determinar si califica para este alivio.
¿Cuán grave es un aviso CP504 del IRS?
Un aviso CP504 es grave; no debe ignorarlo. Este aviso es el IRS informándole de su intención de cubrir su deuda mediante la emisión de un embargo contra su reembolso de impuestos estatales, buscando y embargando sus activos, y presentando un gravamen fiscal federal contra sus intereses de propiedad afectando sus derechos sobre su propiedad. Además, un aviso CP504 puede resultar en la denegación o revocación de su pasaporte de los Estados Unidos según la legislación de la Ley de Reparación del Transporte Terrestre de Estados Unidos (FAST). Esta legislación impide que los departamentos estatales emitan o renueven pasaportes a contribuyentes con deudas tributarias gravemente morosas o sin resolver.
¿Cuánto tiempo tengo para responder o tomar medidas?
Su saldo vence en la fecha indicada en el aviso. Normalmente, el IRS le da treinta (30) días para tomar medidas correctivas cuando se le notifica con un formulario CP504. Sin embargo, para cuando reciba un aviso CP504, su pago ya está técnicamente vencido.
¿Tengo que hacer un pago completo de inmediato para evitar multas adicionales?
Hay varias formas diferentes en las que puede responder a un aviso CP504 si no puede pagar, además de hacer el pago completo. Paladini Law puede informarle de las diferentes vías que puede tomar para resolver su problema fiscal. Las resoluciones aceptables podrían incluir: presentar una apelación, enmendar sus declaraciones de impuestos, negociar un plan de pago, liquidar su deuda por un importe menor y solicitar alivio administrativo para sus multas por incumplimiento de pago.
¿Qué pasa si ya he pagado mi saldo o he tomado otras medidas correctivas?
Incluso si ya ha tomado medidas correctivas para resolver su deuda con el IRS, necesita contactar con el número impreso en la parte superior del aviso CP504 para asegurarse de que su cuenta refleje los pagos realizados, los acuerdos de pago a plazos establecidos, las disputas presentadas u otras acciones tomadas. Contáctenos para ayudar a garantizar que está siguiendo los procedimientos adecuados correctamente y que ha tomado las medidas apropiadas para evitar más responsabilidad y molestias.
¿A quién debo contactar si tengo más preguntas?
Si tiene preguntas sobre su aviso, hay un número para contactar con el IRS en la esquina superior derecha del documento. Impreso directamente debajo del número de contacto, hay un identificador de llamada asignado a usted para tenerlo listo cuando llame. Además, debe contactar con Paladini Law para que le asesore sobre sus derechos.
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Llame a Paladini Law para resolver su aviso CP504 del IRS
Si ha recibido un aviso CP504 y tiene preguntas o necesita asesoramiento legal sobre sus derechos, contacte con Paladini Law al (201) 381-4472 o programe su consulta gratuita ahora. Brad Paladini ayuda a contribuyentes en Nueva Jersey y en todo Estados Unidos a tratar con el IRS, evitar multas fiscales y proteger su dinero y propiedades ganados con esfuerzo. El abogado Paladini está listo para revisar su caso y ayudarle a determinar si necesita asesoramiento legal para resolver su deuda tributaria.
