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Tipos de interés del IRS por pagos en exceso y pagos insuficientes de 2019

Tipos de interés del IRS por pagos en exceso y pagos insuficientes de 2019

29 de enero de 2019 By Paladini Law - A Tax Law Firm

El 6 de diciembre de 2018, el IRS anunció que los tipos de interés por pagos en exceso y pagos insuficientes para el trimestre que comienza el 1 de enero de 2019 aumentarían con respecto al trimestre anterior. Los nuevos tipos serán:

  • 6% para pagos en exceso de contribuyentes no corporativos (5% para corporaciones)
  • 6% para pagos insuficientes no corporativos (8% para grandes corporaciones)
  • 3,5% para una parte de un pago en exceso corporativo que supere los 10.000 $

Cómo se determinan los tipos de interés por pagos en exceso y pagos insuficientes

Cómo se determinan los tipos

Los tipos de interés se determinan trimestralmente según el Código de Impuestos Internos. En general, los contribuyentes no corporativos se enfrentan al tipo federal a corto plazo más tres puntos porcentuales si pagan en exceso o pagan de menos sus impuestos. En este caso, el tipo a corto plazo se determinó en octubre de 2018 y entró en vigor el 1 de noviembre.

Para las corporaciones, los tipos de interés por pagos insuficientes suelen ser los mismos que para los contribuyentes no corporativos y el tipo para pagos en exceso es el mismo tipo más dos puntos porcentuales. Para la parte de un pago en exceso de impuestos corporativos que supere los 10.000 $ durante un período impositivo, se aplica el tipo federal a corto plazo más medio punto porcentual.

Gestión de pagos en exceso al IRS

Gestión de pagos en exceso al IRS

Si paga de más al IRS, ya sea por una estimación incorrecta de sus pagos de impuestos o por una retención de impuestos sobre la renta inexacta, se le acreditará el pago en exceso y el IRS le reembolsará el excedente. La mayoría de los reembolsos se emiten en un plazo de 21 días, pero podría tardar más si:

  • La declaración contiene errores
  • La declaración está incompleta
  • Reclama ciertos créditos fiscales
  • Existen preocupaciones sobre fraude o robo de identidad”

En general, si el IRS no emite su reembolso dentro de los 45 días posteriores a la aceptación de su declaración, debe pagarle intereses por cada día adicional. Esta cantidad, que es imponible, debe adjuntarse automáticamente a su reembolso.

Pagos insuficientes al IRS

Los pagos insuficientes pueden ocurrir por varias razones. Los trabajadores asalariados ocasionalmente reclaman un número incorrecto de exenciones en su W-4 o obtienen muchos ingresos adicionales (por ejemplo, a través de inversiones o trabajos secundarios) que los dejan en una situación de pago insuficiente, aunque hayan completado su W-4 correctamente. Los autónomos y los trabajadores por cuenta propia no tienen retenciones automáticas de impuestos de sus ingresos, por lo que pueden calcular mal cuánto deben.

Pagos insuficientes al IRS

A diferencia de los empresarios individuales y las LLC de un solo miembro, las corporaciones pagan sus impuestos comerciales por separado de los impuestos sobre la renta personal de sus propietarios, pero aún pueden ocurrir errores de cálculo o la falta de pago del monto total debido a limitaciones financieras.

Si paga de menos sus impuestos comerciales o personales, es posible que pueda evitar una sanción si:

  • Su obligación tributaria es inferior a 1.000 $ después de restar los pagos de impuestos estimados y las retenciones.
  • No incurrió en ninguna obligación tributaria el año anterior.
  • Pagó al menos el 90% del impuesto adeudado para el año actual, o el 100% de lo que se debía el año anterior, lo que sea menor. (Esta regla funciona de manera diferente para aquellos con ingresos más altos: un abogado fiscalista de Nueva Jersey puede asesorarle sobre cómo podría aplicarse a su propia situación).

El IRS también puede eximir una sanción por pago insuficiente a su propia discreción si no realizó un pago de impuestos estimado debido a una situación inusual como un accidente o desastre. La otra situación en la que el IRS puede aceptar eximir la sanción puede aplicarse a usted si:

  • Se jubiló después de los 62 años O
  • Quedó incapacitado
  • Tenía una buena razón para no realizar el pago
  • No se negó intencionadamente a realizar el pago

Si usted o su empresa se encuentran en una situación en la que no pueden pagar de forma realista la cantidad adeudada (incluidas las sanciones), un abogado fiscalista de Nueva Jersey puede guiarle a través de alternativas como:

  • Un plan de pago del IRS que le permite pagar su deuda tributaria a lo largo del tiempo.
  • Una Oferta en Compromiso que le permite saldar la deuda por menos del importe total.
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Contacte hoy mismo con un abogado fiscalista experto

Si se encuentra en una situación en la que ha pagado de menos al IRS, contacte con Paladini Law. El abogado Brad Paladini revisará su situación y le asesorará sobre si una Oferta en Compromiso, un plan de pago u otro acuerdo puede saldar su deuda tributaria de una manera que pueda permitirse. Hemos ayudado a muchos clientes individuales y empresariales a superar sus desafíos fiscales y haremos lo mismo por usted. Para obtener más información, llame al 201-381-4472.

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